Visa R-1 para ministros y trabajadores religiosos

La visa R-1 permite trabajar legalmente en Estados Unidos a ministros, sacerdotes, pastores, misioneros, religiosos consagrados y trabajadores religiosos que cumplan funciones en una organización reconocida como religiosa y sin fines de lucro.

Es ideal para iglesias, congregaciones, templos, misiones, ministerios, organizaciones religiosas, órdenes, comunidades de vida consagrada y entidades con estructura religiosa formal.

Qué es la categoría R-1

La visa R-1 es una categoría de no inmigrante que permite que ministros y trabajadores religiosos calificados ingresen a EE. UU. para desempeñar labores religiosas específicas, remuneradas o no remuneradas.

La categoría aplica a dos grupos principales:

Ministros religiosos: personas autorizadas por una denominación para dirigir servicios religiosos y realizar funciones ministeriales.

Trabajadores religiosos: personas que desempeñan funciones religiosas esenciales (no administrativas), como misioneros, catequistas, monjas, frailes, músicos litúrgicos, maestros religiosos, etc.

La visa R-1 requiere una petición I-129 presentada por una organización religiosa en EE. UU. y evidencia de membresía religiosa del solicitante por al menos 2 años.

Cómo obtener una visa R-1 para realizar funciones religiosas en EE. UU.

Para aplicar a la visa R-1 debes demostrar:

-> Que perteneces a una denominación religiosa reconocida, con al menos 2 años de membresía previa.

-> Que ejercerás funciones religiosas genuinas, no administrativas ni seculares.

-> Que la organización en EE. UU. está registrada como sin fines de lucro (501(c)(3)) o es parte de una denominación religiosa reconocida.

-> Que el puesto es ministerial o religioso y cumple con las regulaciones USCIS.

-> Condiciones claras de empleo: remuneración, alojamiento, apoyo económico o manutención.

En LOIGICA guiamos a iglesias y organizaciones religiosas en todo el proceso:
I-129, inspección en sitio, documentación de la denominación, cartas, organigramas, presupuestos, certificaciones y narrativa legal completa.

  • Permite trabajar legalmente como ministro o trabajador religioso.
  • Duración inicial de hasta 30 meses, renovables hasta 5 años.
  • Posibilidad de viajar dentro y fuera de EE. UU.
  • Permite solicitudes simultáneas para dependientes bajo categoría R-2 (esposo/a e hijos).
  • No requiere título avanzado, salvo para roles específicos.
  • Amplia aceptación para organizaciones religiosas con documentación estructurada.
  • Posibilidad de transición a categorías de inmigrante (como EB-4) para residencia permanente.

Para presentar una petición R-1 se debe demostrar:

1- Requisitos del solicitante:

  • Membresía continua por 2 años en la denominación religiosa.
  • Rol ministerial o religioso genuino.
  • Evidencia de preparación o autorización ministerial (si aplica).
  • Documentación de apoyo económico (salario, vivienda, manutención).

2- Requisitos de la organización religiosa:

  • Estatus 501(c)(3) o carta de inclusión denominacional.
  • Estructura formal: organigrama, misión, liderazgo, actividades.
  • Capacidad para compensar o sostener al trabajador religioso.
  • Cumplimiento de requisitos para inspección en sitio por USCIS.

3- Documentación necesaria:

  • Petición I-129 R-1.
  • Cartas de la denominación y de la entidad en EE. UU.
  • Evidencia de membresía religiosa del solicitante por 2 años.
  • Descripción detallada de las funciones religiosas.
  • Evidencia financiera de la organización.
  • Acuerdos de compensación o manutención.
  • Evaluación de elegibilidad del solicitante y de la organización religiosa.
  • Preparación de evidencia denominacional y de membresía.
  • Curaduría de documentos institucionales (estatutos, cartas, registros, 501(c)(3)).
  • Redacción de cartas oficiales y descripción del rol religioso.
  • Preparación completa de la petición I-129 R-1.
  • Asistencia previa a inspección en sitio por USCIS.
  • Acompañamiento para visas dependientes R-2.
  • Estrategias para transición a EB-4 para residencia permanente.

Continúa tu misión en EE. UU. con tu visa R-1.

Preguntas frecuentes sobre la visa R-1

Ministros, sacerdotes, pastores, diáconos, religiosos consagrados, misioneros y trabajadores religiosos con funciones no seculares.

Sí. Debe ser una organización religiosa 501(c)(3) o parte de una denominación reconocida.

Hasta 30 meses inicialmente, renovable hasta 5 años.

Sí. Esposo/a e hijos menores de 21 años pueden aplicar a R-2.

No directamente, pero puede ser una antesala a la categoría EB-4, que sí conduce a residencia.

Sí. Es obligatorio para verificar la existencia y legitimidad de la organización religiosa.

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La visa R-1 exige evidencia clara, estructura organizacional sólida y demostración precisa de funciones religiosas legítimas.

Errores como roles administrativos, falta de documentación denominacional o evidencia insuficiente pueden resultar en RFEs, demoras o denegaciones.

En LOIGICA preparamos tu caso R-1 con un enfoque profesional, estratégico y alineado a los estándares de USCIS.

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